miércoles, 11 de abril de 2012

CONCILIACIÓN LABORAL Y FAMILIAR

El próximo martes 17 de abril, a partir de las 18:30, en el centro cívico de la Mejostilla se impartirá una charla sobre la Conciliación de la vida familiar y nuestra actividad laboral, en ella se intentará aclarar cuales son nuestros derechos, de las madres y los padres, reconocidos por el Estado en materia laboral y social.
Se intentarán resolver dudas al respecto y se iniciará un debate sobre la situación actual de la verdadera conciliación familiar y laboral.

Esperamos que asistais y que os sea de ultilidad el contenido de la charla.

Si deseais que se trate algún aspecto en profundidad con respecto a este tema o teneís alguna duda en concreto podeis hacernosla llegar antes de la charla vía correo electrónico : galmcaceres@gmail.com

5 comentarios:

  1. Lo primero agradecer la presencia de todas las personas que acudieron a esta charlita.
    Lo segundo aquí os dejo la solución de las dudas que nos surgieron en la charla:
    1.- El art. 37.6 del ET nos dice que el trabajador deberá avisar con una antelación de 15 días o el plazo que se fije en convenio tanto el INICIO como la finalización tanto el permiso de lactancia como el de reducción de jornada.
    2.-En cuanto a la distribución de las 16 semanas del permiso de maternidad, el art.48.8 ET es cierto que en él únicamente se queda recogida la obligación disfrutar 6 semanas justo despúes del parto por lo que se podrá disfrutar si así lo desea la madre de las 10 semanas antes.
    3.-Por último y en cuanto a lo que hablamos de la hospitalización del bebe y la suspensión o ampliación del perimiso de maternidad, este derecho no se contempla para el permiso de paternidad (otro motivo para luchar por la verdadera igualdad), ahora bien, recordaros que la mamá puede "ceder" al otro progenitor parte de su permiso.

    Espero que hayamos aclarado dudas.
    Un abrazo fuerte

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  2. Que pena me ha dado perderme esta charla, ya me han dicho que estuvo muy bien.
    Además tenía otra consulta que hacerte y quizá sería interesante que quedara aquí reflejada la respuesta.
    ¿Que ocurre cuando un bebé queda ingresado por un periodo de tiempo indefinido en el hospital? Cuando el niño (o el bebé) sufre varias intervenciones por la causa que sea. ¿Tiene la madre derecho a algún tipo de baja por el cuidado de este hijo? ¿y cuando además es en otra ciudad diferente a la que viven y trabajan?
    Gracias de antemano.
    Un abrazo

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  3. Hola Vega, siento no haber contestado antes, hace mucho que no entraba. Desde 1-1-12 se ha creado una nueva prestación para el cuidado de niñ@s afectad@s por cáncer, o por cualquier otra enfermedad grave que requiera ingreso hospitalario de larga duración, consistente en la posibildad de reducir tu jornada en al menos la mitad de la duración de esta.Se puede computar sin tener en cuenta otras reducciones de jornada que pudiesen estar disfrutando los padres por razón de guarda legal. Además tendrán derecho a una prestación consistente en un subsidio equivalente al 100 % de la base reguladora equivalente a la establecida para la prestación de incapacidad temporal, derivada de contingencias profesionales, y en proporción a la reducción que experimente la jornada de trabajo.Para mirar todos los requisitos etc podeís mirar los art. 38.1.c, 135 quater, 180.3 y dispos. adic. 8ª.4 de la LGSS asi como el art. 37.5 ET. Un abrazo y espero poder haber ayudado

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  4. Gracias Miryti, me has ayudado mucho.

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  5. Hola de nuevo!
    Al hilo que se hablo por aqui de la posibilidad de ampliar la prestación por maternidad por hopitalización del bebe os dejo una sentencia que concede tal ampliación, espero que sea de vuestro interes.
    http://pdfs.wke.es/7/8/3/1/pd0000077831.pdf.

    Un saludo

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